Importe máximo
Límite 75% de financiación pública
Amortización hasta
Tipo de interés según entidad
Máx. EURIBOR +1,5%, apertura 0,30%
Autónomos y pymes que necesiten liquidez o circulante, que hayan iniciado actividad empresarial o constituido la sociedad, como máximo 5 años antes de la fecha de solicitud del microcrédito.
EXTREMADURA AVANTE, como gestor del Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2, propiedad de la Junta de Extremadura, ha vuelto a poner en marcha esta línea de “Microcréditos Circulante” para apoyar el tejido empresarial extremeño, otorgando una garantía pública a la cartera de préstamos realizados por La entidad bancaria correspondiente.
El objetivo de esta línea de microcréditos es dotar a las empresas de liquidez o circulante¸ facilitando el acceso a la financiación bancaria de los autónomos y pymes de Extremadura, que sirva para y mantener asegurar su actividad, el empleo, pago a proveedores, cumplimiento obligaciones tributarias, etc., mediante el otorgamiento de una garantía pública a la cartera de préstamos realizado por La entidad bancaria correspondiente.
Pymes, bajo cualquier forma jurídica, incluidos autónomos, comunidades de bienes, entidades sin personalidad jurídica y sociedades civiles, que hayan iniciado actividad o constituido la sociedad como máximo cinco años antes de la fecha de solicitud del microcrédito, y cuyo domicilio social o centro productivo se encuentre en Extremadura.
Las empresas y empresarios que quieran optar a este tipo de ayudas deberán acreditar que: (*).
* En relación con este último punto conviene tener en cuenta las siguientes consideraciones:
En el caso de empresarios individuales deberá separarse la actividad profesional de la actividad personal, es decir no se tendrá en cuenta para el cumplimiento de este condicionante las operaciones de financiación que el empresario haya obtenido a título particular como por ejemplo la compra de su vivienda habitual, su vehículo familiar, etc.
Tampoco se considerará incumplida esta condición si para la obtención de la financiación el empresario ha requerido de algún tipo de garantía u aval adicional a su garantía personal (hipoteca sobre los bienes productivos de la empresa, etc.)
Finalmente, se excluyen de esta condición aquellos préstamos que el empresario haya conseguido al amparo de algún tipo de consorcio u asociación en la que la participación de otras entidades haya sido determinante para su concesión.
Extremadura Avante
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